Anatomopolíticas. Tecnologías de intervención corporal en personas trans, desde el cuerpo “natural” al “cuerpo vivido”
María Alejandra Dellacasa *
Resumen
En este artículo identificamos algunas transformaciones que
han operado en las lecturas biomédica de los cuerpos y las experiencias trans,
a partir de la sanción de la Ley de Identidad de Género en Argentina. Al
cambiar ciertos aspectos normativos y burocráticos, parte del discurso patologizante comenzó a dejar paso a una serie de
argumentos anclados en el derecho a la identidad, pero fundamentalmente se
transformó el modo en que las personas trans eran vistas y cómo se posicionaban
socialmente. Al mismo tiempo, la democratización del acceso a tecnologías
corporales que habilitó dicha Ley, hizo posible que, quienes lo deseaban,
pudieran acceder -sin requisitos diagnósticos y de manera gratuita- a
intervenciones que permitieran transformar el propio cuerpo.
Para finalizar, analizamos estas transformaciones a la luz de la propuesta de Judith Butler y los aportes del constructivismo como instancias superadoras de la postura esencialista, pero al mismo tiempo, identificamos una serie de limitaciones que impiden contemplar la dimensión de los “cuerpos vividos”. En este sentido, incluimos los planteos de la fenomenología para enriquecer nuevas perspectivas acerca de las experiencias trans, así como nuevas lecturas de los cuerpos y su relación con las tecnologías.
Palabras clave: Cuerpos - Personas trans – Biomedicina - Tecnologías corporales.
Political
anatomy. Body intervention technologies in transgender people, from the
“natural” body to the “lived body”
Abstract
In this
article we identify some transformations that were present in the biomedical
and legal readings of trans bodies and experiences, since the enactment of the
Gender Identity Law in Argentina. By changing certain prescriptive and
bureaucratic aspects, part of the pathologizing discourse began to give way to
a series of arguments anchored in the right to identity, but fundamentally the
way in which trans people were seen and how they positioned themselves socially
At the same time, the democratization of the access to bodily intervention
technologies approved by the already mentioned law, allowed those who wished,
that is to say- without any diagnostic requirement and free of charge – to have
an operation that would transform their own body.
Finally, we
analyze these transformations in the light of Judith Butler's proposal and the
contributions of constructivism as instances that overcome the essentialist
position, but at the same time we identify a
series of limitations that prevent us from contemplating the dimension of
"lived bodies". In this sense, we include the proposals of
phenomenology to enrich new perspectives about trans experiences, as well as
new interpretation of bodies and their relationship with technologies.
Key Words: Bodies - Transgender people – Biomedicine -
Body technologies.
El paulatino proceso de visibilización y la rotunda
organización colectiva que protagonizaron algunas personas trans en Argentina
atravesaron todo el trabajo de campo que realicé entre los años 2010 y 2018[I]
, es una dimensión que, de alguna manera, guío mis investigaciones. Mis tesis[II]
[III]
se fueron desarrollando en forma paralela a la creciente mediatización de las
experiencias trans en torno a la identidad y a las tecnologías asociadas a las
modificaciones corporales, así como a los posteriores debates que rodearon la
discusión y efectiva sanción de la Ley de Identidad de Género (LIG) en nuestro
país. Varios años después de finalizados estos trabajos, me propongo abrir una
nueva instancia de reflexión acerca de esas experiencias y esas producciones, a
la luz de algunos de los principales enfoques teóricos en torno a los cuerpos.
El objetivo de este escrito es recuperar ciertas
transformaciones que han operado en las concepciones hegemónicas de las
corporalidades particularmente aquellas que, desde la mirada biomédica, exceden
las categorizaciones binarias. El tratamiento que se le ha dado en el país a la
temática posibilitó la formulación de una legislación, en el marco de una
política pública[IV],
que posiciona a Argentina como pionera a nivel mundial. A través de la ley
26.743 (2012) el Estado garantiza el derecho a la identidad de género en dos
sentidos: en términos jurídicos, al expedir un nuevo Documento Nacional de Identdidad (DNI) a través del Registro Nacional de las
Personas, que incorpora el cambio de nombre de pila y de la categoría
sexo/genérica en los registros oficiales; y en términos corporales, a partir de
proveer acceso gratuito a una atención de la salud integral, incluidas intervenciones
quirúrgicas y hormonales. A pesar de la gran conquista que representa la
sanción de la Ley, se han identificado marcadas desigualdades a nivel nacional
en lo que respecta a su efectivización y grandes dificultades en el acceso,
tanto a fármacos, como a una atención de la salud integral y de calidad [V].
En este trabajo damos cuenta de una lectura “naturalizante” de los cuerpos que ha prevalecido desde la
biomedicina y, particularmente, del proceso de inscripción e interpretación de
la anatomía a partir del sexo como ideal regulatorio. En ese sentido, asumimos
que la producción de conocimiento en torno a los cuerpos y las identidades de
las personas trans, así como las categorizaciones diagnósticas desarrolladas
por la biomedicina constituyen ejemplos de cómo opera el biopoder. Foucault
(1990) ofrece un análisis del poder en términos de tecnología, e intenta
mostrar cómo las relaciones de poder pueden penetrar en los cuerpos, no porque
el poder haya sido interiorizado primero en la consciencia de los sujetos, sino
porque “existe una red de bio-poder, de somato-poder que es al mismo tiempo una
red a partir de la cual nace la sexualidad como fenómeno histórico y cultural
en el interior de la cual nos reconocemos y nos perdemos a la vez” (Foucault,
1990:156).
Tanto los “tratamientos” enfocados en las corporalidades
trans e intersex, como la idea misma de que se requiere algún tipo de
“intervención” son ejemplos de los mecanismos de poder y disciplinamiento
que operan en los cuerpos, con la intención de volverlos “dóciles” (Dreyfus y Rabinow, 2001:197). Sin embargo, invitamos a trascender
este planteo pensando los cuerpos como instancias ambivalentes, representando
la materialidad en la que se podría encarnar, tanto la opresión como el
horizonte sobre el que es posible alcanzar la autodeterminación y la libertad
(Preciado, 2008).
Tal como hemos analizado en trabajos anteriores (Dellacasa 2020: 2021) las personas trans que recurren a
intervenciones tecnológicas no necesariamente buscan “readecuar” sus cuerpos o
lograr “coherencia” entre la identidad autopercibida
y ciertos rasgos fenotípicos en base a un esquema binario y heteronormativo. En
muchos casos, las tecnologías dan lugar a corporalidades, modos de ser y estar
en el mundo que pueden interpelar los ideales de ‘lo masculino’ y ‘lo
femenino’.
Para abordar el objetivo que nos proponemos, partimos de
analizar la mirada biomédica de los cuerpos e identidades que exceden las
categorizaciones hegemónicas, con la intención de mostrar cómo se ha construido
ese primer abordaje científico que es fundante y que, de alguna manera, ha
delimitado “lo normal” de lo “anormal” buscando corregir mediante artificios,
“la naturaleza” que se presenta como “equivocada”. Consideramos importante
detenernos en esta mirada, en tanto existe una vinculación necesaria, e incluso
cierta dependencia, entre lxs profesionales de la
salud, y las personas que requieren intervenciones corporales en el marco de la
Ley 26.743. Cuando me refiero a una relación de dependencia, lo hago en el
sentido de que las personas trans necesitan recurrir a lxs
profesionales de la salud para acceder a las recetas y controles en el caso de
las terapias hormonales, así como a los estudios pre-quirúrgicos,
las intervenciones y los seguimientos postoperatorios, considerando además la
atención de salud en un sentido integral.
En un segundo momento analizamos los aportes del
constructivismo, la perspectiva genealógica y la teoría de la performatividad,
como instancias superadoras de la postura naturalizante
y esencialista del cuerpo; pero, al mismo tiempo, identificamos una serie de
limitaciones, que no contemplan la dimensión de los “cuerpos vividos”. En este
sentido, desde una perspectiva más teórica, recuperamos los planteos de Judith
Butler y proponemos complementarlos con los aportes de la fenomenología para
enriquecer nuevas perspectivas acerca de las experiencias trans y los posibles
diálogos entre cuerpos y tecnologías.
Finalmente, mostramos cómo esa concepción patologizante de las experiencias y los cuerpos trans que
había logrado consolidarse hacia fines del siglo XX, se vio interpelada a
superar una mirada reduccionista que supuso rechazar una división entre el
mundo natural y el mundo social. A partir de allí, no sólo se inicia un
cuestionamiento al modelo binario sexo/género, sino que fundamentalmente
comienza a quebrarse la determinación entre aspectos biológicos y la identidad
de las personas. Más allá de un antagonismo entre el poder de la biomedicina
como coerción unidireccional y la perspectiva de las personas trans como
agentes autónomoxs que resisten el diagnóstico y las
categorizaciones A lo largo de este trabajo mostramos, que en la práctica las
relaciones son mucho más complejas y multidimensionales, en sintonía con la
heterogeneidad de las historias, los cuerpos vividos y los modos de habitar y
ser en el mundo.
Los
cuerpos bajo la mirada biomédica
La antropología de la salud ha cuestionado el modelo médico
científico, caracterizándolo como modelo médico hegemónico (Menéndez 1985) y
atribuyéndole una serie de características, entre las que se destacan: el
biologicismo, el positivismo, la superioridad de la racionalidad científica
frente a otros saberes –en tanto es la biomedicina la que establece las
condiciones técnicas, sociales e ideológicas dentro de las cuales se
desarrollan las relaciones con otros paradigmas-, la relación
médico/paciente asimétrica, subordinada y paternalista, así como la
exclusión de las experiencias vividas y saberes de lxs
usuarixs, entre otras. Dentro de esta corriente
crítica, Parsons (1984) y Conrad (1982) introducirán una relación entre la
construcción social de la enfermedad y la anormalidad; caracterizando la
medicina como una institución social y al médico como agente de control e
intervención técnico-social (Freidson, 1978; B. Good:
1994). Además, en el capitalismo, la mirada biomédica se inserta en procesos
sociales más amplios de industrialización y burocratización, a los que los
sistemas médicos ya conformados responden en términos de ‘consumo’.
Habitualmente se llama ‘proceso moderno de medicalización’ a
las formas en que la jurisdicción médica inició una expansión extraordinaria y
desde el siglo XIX comenzó a abarcar muchos ‘problemas’, que hasta ese momento
no habían sido definidos como ‘problemas médicos’ (Rodríguez Díaz, 2008). En el
siglo pasado, una extensa gama de comportamientos han
sido subsumidos bajo la rúbrica médica, en definitiva, el saber basado en la
medicina científica ha reforzado su control en la definición de los límites de
la normalidad / anormalidad y del apropiado funcionamiento y comportamiento del
cuerpo humano.[VI]
En la mirada biomédica del cuerpo confluyen varias
dimensiones que, a primera vista, se podrían distinguir separadamente, pero que
están profundamente interrelacionadas. Por un lado, aquellas que hacen a la
concepción del cuerpo como parte de la naturaleza, como una especie de máquina
con mecanismos complejos que funcionan aceitadamente.
En ese sentido, el sexo anatómico y el sexo genético, así como el dimorfismo
que ordena y clasifica los cuerpos está presente, como una especie de lentes y
un “modelo natural”, a través del que se observan todas las corporalidades.
Como sucede, por ejemplo, en la inscripción de cada nacimiento a partir de un
orden preestablecido que categoriza primero el sexo y luego las identidades
jurídicas:
“Consideremos el caso de la interpelación médica que hace
pasar a un niño o una niña de la categoría de ‘el bebé’ a la de ‘niño’ o ‘niña’
y la niña se ‘feminiza’ mediante esa denominación que la introduce en el
terreno del lenguaje y el parentesco a través de la interpelación de género.
(...) el médico que ve nacer un bebé y dice ‘es una niña’ comienza la larga
cadena de interpretaciones a través de las que la niña es efectivamente
‘feminizada’” (Butler, 1993:25).
De esta manera, el género constituye un dispositivo que
apunta a coercionar las subjetividades para ser solo
hombres y mujeres, en concordancia con una supuesta complementariedad que
partiría de (re)interpretar la anatomía corporal a partir del sexo como ideal
regulatorio. “El ‘sexo’ no es pues sencillamente algo que uno tiene o una
descripción estática de lo que uno es: será una de las normas mediante las
cuales ese ‘uno’ puede llegar a ser viable, esa norma que califica un cuerpo
para toda la vida dentro de la esfera de la inteligibilidad cultural” (Butler,
1993:19).
Por otro lado, una dimensión subjetiva, contingente,
experiencial que trasciende esa supuesta “verdad natural” y en la que confluyen
la construcción de sentidos y significados socioculturales en torno a los
cuerpos. Ésta abarca las
identidades múltiples que se encarnan en los cuerpos, las performaces, los vínculos y
relaciones que se establecen mediados por el cuerpo, entre los que también se
encuentran las interacciones con el sistema de salud. Sin embargo, ambas
dimensiones son interdependientes, como afirma Bruno Latour (2004), la
materialidad de los procesos biológicos no compone una exterioridad respecto de
las representaciones sociales, ni las representaciones sociales son ajenas a la
materialidad que, se supone, representan. Ambas dimensiones construyen y se
construyen en su interacción y en las prácticas.
En mi trabajo de campo, recuerdo que era frecuente que muchxs de lxs profesionales
entrevistados afirmaran que las personas trans “están atrapadas en un cuerpo
equivocado” y que se trata de “adaptar su anatomía”. Justamente, es esta
lectura del cuerpo como ‘error’ la que al negarlo como ‘legítimo’, habilita en
un mismo movimiento la posibilidad de intervenirlo. Y en ese punto se ancla la
pretendida inscripción de la experiencia trans en el campo biomédico. “Si no
hubiese algo errado, no habría nada que cambiar”, ni nada “médicamente
necesario que tratar”. Si no hubiese sufrimiento por esa “equivocación de la
naturaleza”, sólo se trataría de “un capricho, una cuestión de estética, o un
acto que hasta podría pensarse como mutilante”, me
decía el jefe de uno de los equipos de atención de un hospital público.
Esta situación visibiliza la estrecha relación entre la
biomedicina y la biopolítica, en tanto ejercicio de gobierno, dando cuenta de
los cuerpos y las experiencias que resultan colonizadas y condicionadas por los
discursos médicos.[VII]
En este sentido, lxs médicxs
consideraban su intervención como parte de un proceso de estabilización y
corrección, que ellxs llaman “reasignación de sexo”.
Volviendo a reforzar una mirada cisheteronormativa,
al establecer un orden en el que los cuerpos se clasifican y miden en términos
de naturales y construidos, siendo los primeros más verdaderos y privilegiados
que los segundos (Cabral, 2010).
Los
cuerpos sexuados y las ciencias
A través de diversos discursos científicos sobre la
sexualidad se transmiten saberes y se plasman, a la vez, normatividades sobre
el cuerpo. A mediados del siglo XVIII con el avance de los desarrollos en
medicina y biociencias, las conductas ‘inmorales’ como causa de tendencias
sexuales ‘anormales’ fueron reemplazadas por el principio de herencia.[VIII]
El paradigma transformado indicaba ahora que las sexualidades ‘disidentes’ eran
‘enfermedades’ y, por lo tanto, no tenía sentido su criminalización: las
personas insanas debían ser confinadas al aislamiento e incluso esterilizadas,
para evitar la propagación y la ‘infección’ de otrxs.
En detrimento de las definiciones legales y criminales a fines del siglo XIX,
la medicina con sus alternativas terapéuticas, sus definiciones y sus técnicas
de intervención promovía mecanismos más efectivos de control social. Así, las
nociones de desviación y patología han permitido establecer el concepto de
normalidad y viceversa. Los placeres de la carne, al decir de Foucault (1990),
no han escapado a este tipo de formaciones lógico–discursivas y la biomedicina
“ha inventado toda una serie de patologías orgánicas, funcionales o mentales,
que nacerían de las prácticas sexuales ‘incompletas’, ha clasificado con
cuidado todas las formas conexas de placer; las ha integrado al ‘desarrollo’ y
a las ‘perturbaciones’ del instinto; y ha emprendido su gestión” (Foucault,
1990:54).
De acuerdo a las ‘asunciones ontológicas’[IX]
que sirven de argumento a la biomedicina (Gordon,1988) las personas trans ponen en cuestión
dos de sus principales postulados acerca del sexo: por un lado, que la
‘verdad’ acerca de la identidad está anclada en la genitalidad; por otro, que
el género constituye una expresión psico-social que las personas manifiestan y
que se encuentra en concordancia con el sexo genital. La categorización de las
experiencias trans como un problema médico se concreta a fines del siglo XX con
el ingreso de la categoría ‘transexualismo’ en el DSM-III (Diagnostic and Statistical Manual of
Mental Disorders, APA, 1980) y en la décima
versión de la CIE-7 (Clasificación
Internacional de Enfermedades, OMS, 1978). Ese recorrido ha dado lugar al
desarrollo de un dispositivo médico-jurídico que ha ido transformándose, pero
que se mantiene en la mayoría de los países del mundo.
En el caso de Argentina, antes de la sanción de la ley
26.743, las personas no conformes con el nombre y la categorización
sexo-genérica asignada al nacer y/o aquellas que deseaban realizarse
intervenciones corporales debían presentar un recurso de amparo. Luego de un
proceso judicial que duraba varios años y que implicaba la intervención y los
dictámenes de diferentes profesionales, un juez podía autorizar o denegar la
rectificación de los datos registrales en los documentos oficiales y, en
algunos casos en los que se lo solicitara, la realización de intervenciones
corporales. En estos casos, se vuelve evidente una vez más, la compleja
relación que se entreteje entre el campo médico y el campo jurídico que ya
anticipara Foucault (2002).
En los discursos de lxs
profesionales de la salud, las categorías científicas y los regímenes de verdad
“brotan” en el trato con las personas trans y sus corporalidades cuya materia
prima conforma, paradójicamente, la producción de taxonomías científicas.
Recuerdo, por ejemplo, que en base al grado de rechazo hacia su cuerpo que una
persona manifestaba y la decisión de operarse o no que traía a la consulta
médica, lxs profesionales construían la
caracterización y la categoría de “transexual verdadero”; dejando fuera de ese
grupo, por ejemplo, a todas aquellas personas que no expresaban deseo o
necesidad de intervenir sus cuerpos.
Actualmente, en muchos países del mundo la rectificación del
nombre y de la categorización sexo-genérica requiere de un diagnóstico de
“disforia de género” y en algunos casos se exige, además, algún tipo de
procedimiento o intervención corporal previa. De modo que el derecho a la
identidad se garantiza una vez que se han cumplido ciertos requisitos que
apuntan, en primer lugar, a estandarizar y a patologizar las experiencias que
luego habilitarían, en segundo lugar, el acceso a tecnologías y tratamientos de
modificación corporal con la finalidad de lograr una supuesta “coherencia”
entre el cuerpo y la rectificación de la identidad legal.
“Es necesario que se establezca la existencia de un
conflicto; es necesario que haya un sufrimiento enorme; es necesario que haya
una identificación persistente con uno u otro género; es necesario pasar un
período de prueba durante el cual se vista con ropa de otro género durante todo
el día para ver si se puede predecir la adaptación; y debe hacer sesiones de
terapia y certificados que documenten el equilibrio mental de la persona. En
otras palabras: la persona debe someterse a cierto aparato regulador, como lo
llamaría Foucault, para llegar a ejercer su libertad. Debe someterse a
etiquetas y a nombres, a incursiones, a invasiones; debe ceñirse a pautas de
normalidad; debe pasar la prueba.” (Butler, 2006:134)
El
sexo/género como ideal regulatorio
El determinismo biológico que sirvió de base a la
racionalidad científica –de la que se ha hecho eco la biomedicina– establece
relaciones causales y unívocas entre ciertos caracteres o procesos biológicos
del ser humano y sus conductas sociales y, desde allí, extiende ciertas
características a la humanidad como un todo (Lewontin,
Rose, y Kamin, 1987:29). En concordancia con ello, el
biologicismo que atraviesa la mirada médica de los sexos extrapola alguna de
las dimensiones que caracteriza como biológicas -la genitalidad, los cromosomas
o los caracteres secundarios- a los roles sociales evidenciando,
paradójicamente, que el sexo no es una categoría biológica. Tal como sugiere
Butler (1993:130): "Si los trazos corporales indican el sexo, entonces el
sexo no es exactamente lo mismo que el signo que lo indicó." En ese
sentido, queda revelado que la mirada siempre está mediada por lentes
culturales que sugieren cómo leer ciertos rasgos y que dichos caracteres no son
“neutrales”, sino que están cargados de significados. Considerar el sexo como
un dato “imparcial y objetivo” no es más que una interpretación cisheteronormativa de ciertos caracteres genitales,
hormonales, genéticos, o psicológicos.
En esa lectura, el sexo se torna una “verdad autoevidente”
sobre la identidad de las personas, una entidad que “habla por sí misma”. Tal
como afirma Butler concebir el cuerpo y el sexo como algo construido “exige re-concebir la significación de la construcción misma”
(Butler, 1993:20). En las narrativas biomédicas la categoría sexo deviene en un
principio de inteligibilidad tautológico, una especie de explicación que no
remite más que a sí misma. El lenguaje, las palabras, se construyen en una
constante relación de tensión con la supuesta “realidad extralingüística” que
nombran: “La red de asociaciones de género que se da en el lenguaje
característico de la ciencia no es natural ni autoevidente, sino contingente y
aterradora” (Fox Keller, 1991:20).
En El Género en
Disputa (2001), Butler afirma que “el sexo, por definición, siempre ha sido
género”, con ello nos invita a pensar el sexo, no tanto como un límite natural
del cuerpo, sino como una ficción reguladora impuesta por el propio dispositivo
de género para naturalizarse. Desde allí propone pensar el sexo-género en
términos ‘performativos’ (basándose en la teoría de los actos de habla de
Searle y Austin y en los planteos filosóficos de Derrida), como prácticas
reiterativas mediante las cuales el discurso produce los efectos que nombra,
como norma cultural que gobierna la materialización de los cuerpos, dotándolos
de un ‘efecto’ de naturalidad. Sin embargo, el resultado que se produce es
sedimentado y abierto, en tanto no hay una fijación, ni una delimitación
definitiva del sexo, los cuerpos nunca acatan enteramente las normas y es
justamente allí donde reside su capacidad subversiva.
“No dejo de reconocer la gran capacidad del género como
transformador de la hegemonía sexual: el género es el mecanismo a través del
cual se producen y se naturalizan las nociones de lo masculino y lo femenino,
pero el género bien podrían ser, el aparato a través
del cual dichos términos se deconstruyen y desnaturalizan” (Butler, 2006:70).
En ese sentido las teóricas cuirs (Butler, Kosofsky Sedgwick, de Lauretis,
entre otras) que surgieron a fines del siglo XX, más allá de la heterogeneidad de posturas, coinciden en
interpelar al resto de las teorías sobre la sexualidad humana que ya se habían
consolidado a lo largo de ese siglo y que se ordenan bajo los principios que
enumeramos. La perspectiva cuir parte de una ruptura con la concepción patologizante de la experiencia trans -y de cualquier otra
sexualidad disidente-, proponiendo un desplazamiento del origen del malestar
desde el individuo a la estructura social. En este abordaje, el eje de la
controversia deja de situarse en los orígenes de la así llamada ‘disforia’, ya
que el propio status patológico de la experiencia resulta cuestionado; y pasa a
ubicarse en los ‘efectos’ del malestar, desplazando las ‘causas’ hacia los
mecanismos de poder que operan en la sociedad. En este planteo, la
discriminación y la supuesta “falta de adecuación” que sufren algunas personas
trans y otras disidencias se debe al régimen cisheteronormativo
de una sociedad que sólo reconoce dos identidades de género, que se
corresponden con dos corporalidades genitalmente diferenciadas y entre las que
existiría un vínculo de mutua atracción.
Siguiendo la propuesta de Butler, la identidad ‘coherente’ y
‘continua’ de la persona, se asegura mediante la estabilización del sexo, el
género y la sexualidad, a través de normas de inteligibilidad socialmente
instituidas y mantenidas:
“La repetición compulsiva de la norma del sexo-género
excluyente adquiere mayor legitimidad con el paso del tiempo, en tanto cada
nueva instancia de la norma aparenta expresar su supuesta necesidad y
soberanía. No obstante, la posibilidad de hacer funcionar la norma en otros
contextos, particularmente en aquellos que cuestionan su legitimidad misma,
revelan su contingencia, su vulnerabilidad y la posibilidad de su subversión”
(Butler, 1993:30)
En ese sentido, la noción misma de ‘persona’ se cuestiona
por el surgimiento cultural de seres con género ‘incoherente’ o ‘discontinuo’,
que no se ajustan a las normas de género culturalmente inteligibles mediante
las cuales se definen las personas.
“Los géneros ‘inteligibles’
son aquellos que en algún sentido instituyen y mantienen relaciones de
coherencia y continuidad entre sexo, género, práctica sexual y deseo (…) La
matriz cultural —mediante la cual se ha hecho inteligible la identidad de género—
requiere que algunos tipos de ‘identidades’ no puedan existir” (Butler
2001:73).
Tal como hemos
señalado, tanto el enfoque genealógico, como la teoría de la performatividad y
el resto de las teorías cuirs aportaron una serie de
elementos que sirvieron como fundamento a las transformaciones en la miraba
biomédica que tenemos por objeto identificar en este trabajo. Sin ir más lejos,
a ellos recurrieron diferentes actorxs en el debate
parlamentario, previo a la sanción de la Ley, para defender la perspectiva despatologizante[X].
También, en el trabajo de campo con los profesionales de la salud, pude notar
cómo ciertos términos y argumentos se iban incorporando paulatinamente a sus
discursos. Por ejemplo, y aunque en este momento resulte llamativo, el propio
concepto de género prácticamente no estaba presente en las narrativas médicas
en los inicios de mis indagaciones, o en los casos en que yo les preguntaba
directamente cómo lo definirían siempre se remitían al sexo anatómico y no a la
identidad.
Otras
lecturas de los cuerpos…
Hasta aquí hemos destacado los aportes de Foucault y la
teoría de la performatividad para cuestionar y trascender los enfoques
biologicistas y la perspectiva esencialista al analizar las experiencias trans.
En este apartado proponemos combinar esos aportes con los planteos de la
fenomenología -partiendo de que no se trata de perspectivas antagónicas, sino
que pueden pensarse complementariamente- con la intención de trascender algunas
limitaciones que identificamos. Éstas están vinculadas, fundamentalmente, al
excesivo nivel de abstracción y al protagonismo de lo discursivo en la
concepción del cuerpo, así como en la sobre determinación de las condiciones
históricas y de las relaciones de (bio)poder sobre la capacidad de agencia y
las experiencias vividas de las personas. La intención de la perspectiva
genealógica y los análisis discursivos de penetrar las esencias y demostrar la
ficción que constituye su carácter fijo y naturalizado, no es en absoluto
contradictoria con la propuesta fenomenológica.
Esta corriente
-fundada por Edmund Husserl y continuada por Merleau-Ponty- aporta el
interesante concepto de “cuerpo encarnado” (embodiment) planteado por Thomas Csordas (1990).
Dicha idea apunta a trascender la noción de cuerpo como objeto de estudio, como
realidad orgánica natural, desarraigada e independiente; por el contrario, el
punto de partida es el “cuerpo vivido” y “situado” que se configura a sí mismo
a partir de las redes sociales y afectivas de contacto y de las interacciones
simbólicas que en estas se vehiculizan. Y por supuesto, también a través de los
discursos dominantes y las lógicas de (bio)poder en las que se haya inserto. La
descripción fenomenológica del “cuerpo encarnado”, que siempre es “algo que va
más allá", es una condición activa y estructurante del cuerpo vivido,
recupera las experiencias y la historicidad reveladas en las narrativas de lxs propios actores.
La fenomenología no
es una teoría de la cultura, sino que permite dar cuenta de la dimensión
constitutiva del mundo que habitan las subjetividades encarnadas
históricamente. En ese sentido, la constitución intersubjetiva de la realidad
social no es sólo una experiencia de significación, ni el género es solamente
un efecto del lenguaje y el discurso. La perspectiva del “cuerpo encarnado” es
una invitación abierta a trascender tanto los límites del cuerpo como la ontología
del sexo/género y nos permite dar cuenta del rol y los ‘efectos’ de las
intervenciones tecnológicas en las materialidades corporales que encarnamos[XI].
Si bien Bulter recupera ciertos planteos de Merleau-Ponty (1985)
para pensar la corporalidad sexuada y dar cuenta de los actos cotidianos y
repetitivos que performan el género[XII],
desarrolla una apropiación parcial y bastante heterodoxa de la fenomenología.
En ese sentido, coincido con algunas limitaciones que ya han sido señaladas por
otrxs autorxs. En palabras
de Preciado:
“Butler, al haber acentuado la posibilidad de cruzar los
límites de los géneros por medio de performances de género, habría ignorado los
procesos corporales y especialmente las transformaciones que suceden en los
cuerpos transgénero y transexuales, así como las técnicas de estabilización del
género y del sexo que operan en los cuerpos heterosexuales. Lo que las
comunidades transexuales y transgénero han puesto sobre la mesa no son tanto performances teatrales o de escenario a través de los
géneros (cross-gender) sino transformaciones físicas,
sexuales, sociales y políticas de los cuerpos fuera de la escena, dicho de otro
modo, tecnologías precisas de trans-incorporación”
(Preciado 2002: 75).
En ese sentido, la posibilidad de complementar los planteos
de Foucault y de Butler con la perspectiva fenomenológica nos aporta nuevos
elementos para pensar las mencionadas transformaciones, a partir de ensamblar
estos enfoques teóricos.
Algunas
transformaciones que operaron en la mirada biomédica
Tal como venimos analizando, algunos de los fundamentos que
sostenían la mirada patologizante de la experiencia
trans comenzaron a ser interpelardos a la luz de la
popularización y apropiación de ciertos enfoques teóricos del campo académico,
pero también de la visibilización que cobraron las personas trans, sus
experiencias cotidianas, así como sus espacios de organización y militancia en
la primera década de 2000. El trabajo de campo me permitió observar parte de
esas transformaciones desde la mirada de los profesionales de la salud y a
partir de sus interacciones cotidianas con las personas trans en los espacios
de atención -que luego de la reglamentación de la LIG (2015) se volvieron mucho
más frecuentes.
Hasta mediados de 2012, Argentina carecía de una legislación
específica sobre identidad de género. Sin embargo, existían una serie de
procedimientos y requisitos que se iban repitiendo ante cada nuevo ‘caso’ y que
en la práctica funcionaban como protocolos de facto, estableciendo precedentes.
En un primer momento, las experiencias trans eran patologizadas y tratadas como
"casos raros y aislados" en base a una dinámica judicial perversa por
parte del Estado que implicaba la exposición del sufrimiento individual y en la
que prevalecía la tutela de la justicia y de la biomedicina frente al deseo y
la libertad de las personas[XIII].
En el proceso previo y durante la sanción de la LIG, se inició un lento pero
significativo cambio en la percepción que la sociedad tenía de estas personas.
Pasaron de ser vistas como individuos aislados, a menudo desde una mirada victimizante, a ser reconocidxs
como sujetxs de derecho y actores colectivos
fundamentales en la arena política. Esta transformación permitió la
incorporación de muchas de sus demandas en la agenda política, así como dio
lugar a un nuevo derecho, el de la identidad de género. El proceso previo a la
sanción de la Ley, así como su posterior reglamentación (2015) e implementación
en hospitales públicos, generó una gran movilización entre las personas trans y
las organizaciones LGBTIQ en nuestro país. La formación progresiva de espacios
colectivos de intercambio, organización y activismo les proporcionó un marco de
pertenencia grupal, ofreciéndoles valiosas herramientas para la participación y
el empoderamiento en la lucha por sus derechos[XIV].
En el trabajo de campo con los equipos de salud -en
instancias previas a la sanción de la Ley 26.7343-, las lecturas de los cuerpos
y las voces de las personas trans respecto de lo que ellas mismas
experimentaban resultaban muchas veces menospreciadas, parecía haber “una
verdad” que escondían o bien “algo que tenían que demostrar” ante la mirada de lxs médicxs que se mantenían en
una actitud de “jueces” de sus vivencias, sus deseos, sus corporalidades. Por
ejemplo, recuerdo que uno de los profesionales me describía todo un abanico de
estrategias y preguntas “suspicaces” que desplegaba para “confirmar” la
verdadera identidad de una persona trans en el consultorio. Él afirmaba que no
podía venir el paciente y decirle “yo soy mujer” o “yo tengo tal cosa…”, vivía
esa situación como un desafío a su conocimiento y a la autoridad médica. “Para
eso estoy yo…para eso estudié más de diez años”, repetía. Una situación similar
se presentaba cuando lxs profesionales concebían la
experiencia trans únicamente como un “darse cuenta” o un descubrimiento de la
“verdadera identidad”. De este modo elaboraban una reinterpretación de las
experiencias y las narrativas de las personas, propiciando que disminuyan su
agenciamiento[XV],
y asumiendo que “el ser trans” es algo esencial y unívoco que sólo describe un
tránsito necesario entre dos posiciones posibles y estancas. La noción del
“cuerpo vivido” resulta fundamental para reivindicar la experiencia personal
frente a las idealizaciones y objetivaciones científicas que la reducen,
apuntando a priorizar el bienestar y/o el padecimiento
subjetivos frente a los parámetros médicos y fisiológicos que pretenden
determinar objetiva y universalmente lo normal y lo patológico. Mi experiencia corporal
tal como la vivo es, en última instancia, la que “sostiene y valida para mí mismo (...) los artificios que la idea del
cuerpo, es decir, el saber médico, puede sugerir para sustentarla” (Canguilhem, 2004: 62).
Es importante mencionar que la sanción de la Ley no produjo
cambios “instantáneos” ni en los discursos, ni en las percepciones y prácticas
de los profesionales de la salud sino, por contrario, muchos de sus preceptos
generaron tensiones inicialmente y luego, con el tiempo, en algunos casos,
fueron paulatinamente apropiados y resignificados. La perspectiva despatologizante que sostiene la LIG, y por la que ha sido
reconocida a nivel mundial, permitió iniciar un desplazamiento de las “voces
autorizadas”.
Durante muchos años la experiencia trans ha sido
interpretada como una patología, así lo evidencian los manuales DSM y CIE, que actualmente describen la experiencia con el término
“disforia de género” y -a pesar de haber cambiado el nombre de la categoría
diagnóstica en las últimas versiones- continúan sosteniendo esa perspectiva.
Estas narrativas ‘expertas’ han servido como frame para construir una interpretación de las subjetividades trans como
patológicas, nombrando a las personas como “pacientes”, en un rol infantil y
tutelado por la biomedicina, que requieren de una intervención terapéutica para
“subsanar o reparar sus cuerpos equivocados”. Ese lugar les impide visualizar
los mecanismos a través de los cuáles este mismo discurso lxs
patologiza y categoriza intrínsecamente como subjetividades “defectuosas”.
Algunas personas no han podido más que apropiarse de ese diagnóstico y de la
lectura patologizante de sus experiencias que otrxs han construido (aún cuando
los usen estratégicamente), mientras que otrxs han
logrado trascenderlas, tal como desarrolla Butler en Desdiagnosticando el género (2006)[XVI].
Esta perspectiva desconoce la capacidad de agencia de las personas trans y, en
ese sentido, el modo en que la historia biográfica, las experiencias, el cuerpo
vivido y el capital cultural con que cuentan configuran el uso estratégico o no
que hacen del diagnóstico o para qué propósito les son útiles ciertas
identidades o categorizaciones que reclaman.
Hasta la sanción de la LIG, la identidad de género se ha
venido definiendo desde un tercero externo que se consideraba ‘experto’ y no
desde la forma de vida, deseos y percepciones de las propias personas trans.
Ciertas categorizaciones científicas como la de “transexualidad” o “disforia” y
las narraciones biomédicas en términos del “cuerpo equivocado” borran “las polivocalidades emergentes de la experiencia vivida”
(Stone, 2017:12). No permiten recuperar las experiencias de las personas que
están “en conflicto” con sus cuerpos, ni habilitan a legitimar los
conocimientos generados por el “yo experimentante”.
En un sentido similar, la noción de “autopercepción” que
promueve la LIG habilitó un nuevo paradigma médico-jurídico en torno a las
identidades no heteronormativas. El reconocimiento en base a una mirada que se
autoconstruye y autopercibe, que no tiene por qué ser
fija e inmutable, aporta herramientas para nombrar(se), da forma a una
experiencia y a un proyecto corporal propios[XVII].
La autopercepción, como principio rector que enuncia la Ley, por un lado,
desvincula al campo legal –dejando de ser necesaria la presentación de recursos
de amparo y la autorización de un juez- y por otro, desestima el proceder
diagnóstico que operaba el campo médico-psiquiátrico como condiciones
necesarias para acceder a tecnologías de intervención corporal.
Transformaciones
habilitadas por la democratización de las tecnologías de intervención corporal
Los avances tecnológicos y los nuevos descubrimientos
vinculados al campo de la salud, el cuerpo y la vida han ampliado las
posibilidades de intervención sobre la anatomía y los procesos vitales,
ofreciendo nuevos recursos disponibles. Esta tendencia ha fortalecido los
lazos, ya existentes, entre la biomedicina y el mercado a partir de la
comercialización de novedosas terapias, tecnologías y prótesis, contribuyendo a
borrar la imprecisa frontera entre las nociones de tratamiento y las de
perfeccionamiento. Al mismo tiempo, han resultado interpelados los
tradicionales parámetros biomédicos de terapéutica, cura o readecuación, que
mencionamos anteriormente, y se han consolidado las nociones de enhacement o upgrade (Russo, Rohden y Giammi, 2014). Estos
conceptos se podrían traducir como realce, mejora o perfeccionamiento,
incorporando a la noción de salud una dimensión “estética” y/o un “plus”
funcional, que favorece el bienestar más allá del tratamiento, al menos en los
términos tradicionales en que lo entiende la biomedicina.
Las intervenciones de todo tipo -los implantes, las hormonas
y las prótesis- no son sólo anexos o agregados del cuerpo, sino que lo
configuran dando forma a un proyecto subjetivo que habilita todo un abanico de
posibilidades de ‘ser’ y de una vida que merezca ‘ser vivida’. Tal como muestra
Preciado (2008; 2009), un ensayo corporal puede asumirse como un ejercicio de
activismo biopolítico.
“El cuerpo de Agnès no es la
materia pasiva sobre la cual opera un conjunto de técnicas biopolíticas de
normalización del sexo, ni el efecto performativo de una serie de discursos
sobre la identidad. El tecnocuerpo de Agnès, verdadero monstruo sexual fascinante, self designed, es
producto de la reapropiación y del agenciamiento colectivo de las tecnologías
de género para producir nuevas formas de subjetivación” (Preciado, 2009:35).
En las sociedades contemporáneas la expresión de la persona
se identifica con el cuerpo, transformándolo en un ámbito de intervenciones,
que requiere de inversión y disciplina. Sandy Stone (2017) se abocó a analizar
la trama de lo que ella misma denominó “paradoja trans”, que puede ser
expresada de la siguiente manera: si por un lado el deseo de ser reconocidxs en el sexo/género elegido sustenta los marcos
binarios existentes, por otro, cuestiona el mantenimiento mismo de ese sistema.
Es por ello que para Stone (2017) el cuerpo trans abre potencialidades
intertextuales, en tanto desestabiliza el sistema sexo-género a través de la
yuxtaposición de fragmentos y la reconstrucción de elementos de ambos géneros
en nuevas e inesperadas geometrías.
Tal como hemos mencionado más arriba, la subversión no
radica necesariamente en cuestionar el esquema binario o las categorías patologizantes, ninguna persona trans tiene la obligación
moral de subvertir la heteronormatividad. Por el contrario, el carácter
subversivo de las experiencias trans responde a que no necesariamente existe un
único parámetro, ni dirección o finalidad, así como tampoco hay una única y
estable identidad, ni un cuerpo, lo que existe es un “proyecto”. Tal como
afirma Rubin el ensamble resulta apropiado para
pensar las identidades trans como “devenires corporales” o “identidades en
curso”, en desarrollo, a través de un proceso de cambio corporal (Rubin 1998: 277).
La Ley de Identidad de Género en Argentina ha puesto de
manifiesto diversas dimensiones políticas relacionadas con las intervenciones
tecnológicas. Estas dimensiones nos invitan a reconsiderar dos cuestiones
fundamentales: el rol de las personas usuarias y las complejas relaciones entre
las tecnologías, la sociedad, el mercado y el Estado. Una de las más
significativas es la parcial emancipación de la tutela científica, que permite
a las personas trans tomar decisiones con mayor autonomía, basándose en sus propios
conocimientos y experiencias. Este cambio las reposiciona en un papel más
cercano al de usuarixs o consumidorxs,
alejándoles de la visión paternalista tradicional. Así, la LIG no solo ha
proporcionado un marco legal para el reconocimiento de la identidad de género,
sino que también ha catalizado un cambio en las dinámicas de poder entre las
personas trans, las instituciones médicas y el Estado, promoviendo una mayor
autonomía y empoderamiento en la toma de decisiones sobre sus propios cuerpos y
vidas.
El trabajo de campo con profesionales de la salud posterior
a la reglamentación de la LIG (2015) reveló un paulatino pero significativo
cambio en las dinámicas de atención a personas trans. En muchas oportunidades,
estas se hicieron presentes en los espacios de salud disputando parte de los
saberes diagnósticos y terapéuticos que ellxs
manejaban, demostrando un conocimiento profundo sobre fármacos, opciones
terapéuticas y tecnologías disponibles. Además, estaban familiarizadas con las
dinámicas de atención, los perfiles de los equipos médicos y las distintas
especialidades. Este fenómeno evidencia cierto proceso de expertización
por parte de lxs usuarixs,
(Epstein, 1995; Pecheny et.al.,
2012). Lxs profesionales me relataron que les
solicitaban las recetas para retirar o, en algunos casos, comprar medicación,
pero ya conocían muy bien las marcas, composición y dosis de las hormonas -e
incluso los efectos secundarios de cada una-[XVIII]
. Una médica endocrinóloga mencionaba: "Ellos saben más que yo, hace años
que las toman", refiriéndose al conocimiento de sus “pacientes” sobre
hormonas. Añadió: "Vienen a que les haga 'el papelito' y muchas veces
después no quieren venir más a los controles". Estas narrativas ponen de
manifiesto un incipiente cuestionamiento a la posición de experticia médica,
desafiando la clásica dicotomía experto/lego. Las personas trans, al
presentarse como sujexs informadxs
y activxs en la gestión de su salud, están iniciando
un proceso de reconfiguración de las relaciones de poder en el ámbito de la
atención de la salud[XIX].
Al mismo tiempo, en esa instancia, se torna crucial la
ponderación de un saber que sólo lo otorga el hecho de haber atravesado, o de
estar atravesando una determinada experiencia. La vivencia se torna una
dimensión insoslayable, única y subjetiva que poseen lxs
afectadxs. Dichas cuestiones habilitan la puesta en
circulación de un conjunto de saberes que tienen una modalidad de legitimación
completamente diferenciada y que entran en diálogo con los conocimientos y
prácticas de la biomedicina. Desde una relación de absoluto paternalismo hasta
una actitud desafiante y de oposición radical, las personas se debaten en un
sin fin de puntos intermedios que acompañan el propio compás en la construcción
experiencial y subjetiva del malestar (Dellacasa,
2021).
A mi entender, una de las cuestiones claves fue la
democratización en el acceso a tecnologías de modificación corporal que
inauguró la LIG, incluyendo, no sólo el acceso gratuito a una atención de la
salud integral, sino también la posibilidad de realizar intervenciones
corporales totales o parciales en el caso de que las personas lo deseen y sin
ninguno de los requisitos que existían previamente. Se trata de cuestiones que
promueven cierta autonomía en lo que respecta a los sentidos que las propias
personas imprimen a las intervenciones y al uso de tecnologías corporales,
particularmente en relación a la direccionalidad y los fines que persiguen.
En este sentido, se suma a la problematización de la rigidez
de las identidades sexuales y al binarismo, una interpelación acerca del
sentido con el que se intervienen los cuerpos. Es importante recordar, como ya
mencionamos, que muchas personas trans y no binarias plantean un abierto
rechazo a intervenciones corporales que tiendan a reproducir la estabilidad, el
binarismo sexo-genérico y a reafirmar el rol terapéutico de la biomedicina
asociado a las nociones de “reparación” y “equilibrio” del cuerpo natural.
Mientras otras personas, conciben sus corporalidades como proyectos inacabados,
dinámicos y recurren a intervenciones parciales, como la administración de
hormonas de manera disruptiva, por ejemplo.
Reflexiones
finales. Ante todo, volver a pensar los cuerpos…
Luego de presentar de manera muy general los discursos que
buscamos problematizar, desarrollamos una crítica a las explicaciones,
concepciones y categorías biomédicas, y aportamos una concepción del cuerpo y
las transformaciones que las tecnologías posibilitan, que pone en jaque la
naturalización y la inmutabilidad, en pos de favorecer la agencia de las
personas trans.
En este artículo nos hemos enfocado en describir las
transformaciones que operan en las concepciones hegemónicas de las
corporalidades. Tal como mostramos, históricamente y desde distintos campos de
saber-poder, los cuerpos han sido el epicentro de los discursos y las verdades
acerca del sexo, al tiempo que han condensado los mecanismos de disciplinamiento y control de las sexualidades no
heteronormativas. La construcción biomédica de categorías diagnósticas y la
propia noción de sexo -como datos neutros y objetivos o como verdades
autoevidentes- reclaman un ejercicio de deconstrucción que brevemente ensayamos
en este escrito, recuperando parte de la propuesta de Foucault y Judith Butler.
En ese sentido, planteamos que la utilidad inicial de una representación
construccionista del cuerpo para transcender el esencialismo y romper con las
nociones de “cuerpo natural” o para desarmar la correspondencia “necesaria”
entre sexo y género es muy provechosa, pero desatiende ciertas dimensiones
fundamentales, como las vinculadas al “cuerpo vivido”. En ese sentido,
sostenemos que la fenomenología del cuerpo vivido ofrece importantes recursos
para construir un discurso emancipatorio.
La mirada fenomenológica enfatiza la condición activa y
estructurante del cuerpo y la experiencia, y nos aporta elementos para dar
cuenta del modo en que algunas personas abandonan el rol de “pacientes” para
constituirse como sujetxs políticxs
de derechos. Incluso cuando éste rol puede ser acatado
por las persona trans, la aceptación nunca implica una asunción pasiva, sino un
intento de reelaborar creativamente ese discurso para dar sentido a una vida
habitable. Los enfoques que recuperan el “a priori carnal” remiten a una trama
simbólica, social y afectiva tanto de dependencia como de reconocimiento; el
cuerpo encarnado es una realidad contextual, múltiple y dinámica de pertenencia
con el medio ambiente donde transcurre, justamente aquello que la mirada patologizante se esfuerza por soslayar.
Así mismo, las teorías cuir en
todas sus vertientes, han sentado las bases para “construir otro horizonte
discursivo, otra forma de pensar lo sexual” (De Lauretis,
2010:23) que contribuyen a desafiar las categorizaciones binarias y las
clasificaciones heteronormativas, fijas y universales de los cuerpos. Recuperar
las experiencias, las voces y los “cuerpos vividos” de las propias personas
trans se vuelve urgente, considerando que históricamente han sido
caracterizadas, nombradas y narradas por otrxs, desde
una mirada supuestamente experta.
En Argentina el reconocimiento de la identidad de género
sobre la base de indicadores no biológicos se constituyó en una nueva demanda
en la que resultaron imbricados usuarixs,
profesionales, instituciones de salud y políticas públicas. En ese sentido, el
argumento de autopercepción que sustenta la Ley 26.743 significó un giro
rotundo en lo que hace a la determinación de la identidad de las personas en
Argentina. No sólo facilitando el acceso a una nueva documentación que exprese
el nombre y la categoría sexo/genérica elegida, sino además, iniciando un
proceso de democratización del uso y acceso a tecnologías de intervención
corporal. Al mismo tiempo, parte del carácter revolucionario de la Ley, permite
que las personas trans puedan recurrir o no a las intervenciones corporales, en
base a un ejercicio de autonomía y no como una condición coercitiva para
cumplimentar los requisitos que exige cierta legislación en pos de autorizar
modificaciones en los registros documentales.
La vinculación entre
el desarrollo de tecnologías de intervención corporal y el mercado, interpela
el modo tradicional -paternalista, unidireccional, desigual- de concebir la
relación médico-paciente y otorga protagonismo a lxs usuarixs en relación con dos instancias más amplias: el
mercado -como consumidorxs- y el Estado, en términos
de biociudadanxs (Rose, 2012) asumiendo la “gestión”
de un proyecto corporal subjetivo, con la posibilidad de recurrir a o no
intervenciones tecnológicas, totales o parciales. Sin por ello desconocer la
importancia que juegan los factores económicos, sociales y el capital cultural
en la toma de decisiones, el uso y el significado que adquieren las
tecnologías. En ese sentido, interesa evidenciar la creciente participación y legitimidad
de los usuarixs en las discusiones acerca de las
ventajas, riesgos, valores y oportunidades implicados en los diferentes
procesos de tecnificación de la experiencia.
A partir del año 2012, en que el discurso patologizante dejó paso a una serie de argumentos anclados
en el derecho a la identidad, cambiaron ciertos aspectos normativos y
burocráticos, pero fundamentalmente se transformó el modo en que las personas
trans eran vistas y cómo se posicionaban socialmente. Es importante aclarar que
el conjunto de transformaciones que ha experimentado la mirada biomédica en
torno a las personas trans y que describimos a lo largo de este trabajo no ha
sido parejo ni homogéneo, dentro del campo de la salud coexisten sectores más
‘retrógrados’ y más ‘progresistas’. No hay un poder impersonal, una “maquinaria
sanitaria”, sino que hay actorxs concretxs
emitiendo discursos, actualizando prácticas, (re)produciendo rutinas y lógicas
de acción que no necesariamente responden a una única fuerza moral, a una sola
“verdad” o a un conjunto monolítico de ideas.
El largo proceso de empoderamiento de las personas trans se
inició antes de la sanción de la LIG y es producto, en parte, del proceso de
colectivización de las demandas y de politización de las identidades, que dio
lugar no sólo a que el tema de las diversidades ingrese en la agenda política,
sino también a que las personas trans se ubiquen frente a la sociedad y al
Estado como sujetxs de derecho.
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* Doctora en Antropología Social por la Universidad de Buenos Aires. Investigadora asistente del CONICET y docente de la Universidad Nacional del Centro de la Provincia de Buenos Aires. Contacto: maledellacasa@yahoo.com.ar
María Alejandra Dellacasa. “Anatomopolíticas. Tecnologías de intervención corporal en personas trans, desde el cuerpo `natural´ al `cuerpo vivido´ en Zona Franca. Revista del Centro de estudios Interdisciplinario sobre las Mujeres, y de la Maestría poder y sociedad desde la problemática de Género, N°32, 2024 pp. 178-208. ISSN, 2545-6504 Recibido: 17 de mayo 2024; Aceptado: 4 de octubre 2024 |
.
[I] Durante esos años realicé trabajo de campo entre
profesionales de la salud que atendían a personas trans en hospitales públicos
de la Provincia de Buenos Aires y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en
Argentina. Entre ellos se encontraban los primeros equipos que realizaron
intervenciones quirúrgicas de transformación genital en el país. De estos
trabajos de campo se desprenden mi tesis de Maestría y Doctorado en
Antropología Social.
[II]
Un abordaje antropológico de los procesos
diagnósticos, protocolos y rutinas de intervención terapéutica en personas
trans. (2013).Tesis de Maestría en Antropología, FFyL, UBA. Esta tesis constituye un análisis del
dispositivo médico-legal de la transexualidad en el ámbito judicial y
hospitalario en Argentina; tomando como punto de partida los procesos y las
relaciones entre usuarios e instituciones. Nuestro objeto de análisis fue el
proceso de constitución de la transexualidad como una experiencia moderna,
medicalizada y mediada por las (bio)tecnologías y del dispositivo concebido
para ‘tratarla’, considerando el contexto previo a la sanción de la Ley de
Identidad de Género.
[III]
Categorizaciones, dispositivos e
intervenciones tecnológicas en la ‘transexualidad’. Un análisis de
controversias desde la Antropología de la Ciencia entre lo local y lo global. (2018).
Tesis de Doctorado de la Universidad de Buenos Aires, con mención en
Antropología Social. Esta tesis analiza las controversias en la medicalización
de la experiencia trans desde tres ángulos: las genealogías globales del
conocimiento biomédico sobre sexualidades 'anormales', las teorías científicas
sobre la ‘transexualidad’, y una etnografía en espacios de atención.
[IV] Constituyen ejemplos ineludibles en materia de política
sexual en Argentina: la Ley de Salud Sexual y Procreación responsable (Ley,
25.673, 2002); la Ley de Matrimonio Igualitario (Ley 26.618, 2010); la Ley de
Salud Mental (Ley 26.657, 2010); y la Ley de
Educación Sexual Integral (Ley, 26.150, 2006).
[V]
Durante 2022 y 2023 desarrollamos el proyecto PICTO Género: “Hacia el diseño de
políticas públicas de salud integral e inclusiva: relevamiento de indicadores
sociosanitarios de la población travesti y trans de Argentina” en el que damos
cuenta de estas desigualdades.
[VI] Todo ello
habilitado por la reordenación epistemológica del siglo XIX, el paso de la
medicina clásica a la medicina moderna. Ahora el objeto de saber es una cosa
concreta, pero a la vez, independiente de su visibilidad, es preciso penetrar
en el interior de los cuerpos para conocerlos.
[VII] Cuando Michel Foucault traza la historia de la sexualidad
(1990) narra simultáneamente la historia del biopoder, mostrando cómo a fines
del siglo XVIII y comienzos del siglo XIX la sexualidad se conformó en un
dispositivo fundamental en el ejercicio del poder.
[VIII] A mediados del siglo XVIII se comienza a evidenciar un
marcado interés por el tema del sexo y las sexualidades, que había permanecido
silenciado hasta ese momento. Dan prueba de ello el aumento y la circulación de
literatura pornográfica y la publicación de numerosos ‘manuales sexuales’.
(Conrad y Schneider, 1992)
[IX]
Con esta expresión Deborah Gordon (1988) refiere que el modelo biomédico
occidental está cargado de suposiciones acerca de la naturaleza, el cuerpo, la
salud, la enfermedad que influyen en sus prácticas y en la comprensión de la
realidad. Al identificarlas y analizarlas, la autora muestra que a pesar de que
no son universales ni necesariamente “verdaderas” -sino producto del contexto
histórico y la cultura-, se han tornado fundamentales y a menudo se dan por
sentadas y no se cuestionan.
[X]
Para ampliar ver: Farji Neer, A. y Castro, G. (2011).
Entre la academia, el movimiento y ‘la ley’. ‘Ley de Identidad de Género’:
categorías en debate. En: Actas del X
Congreso Argentino de Antropología Social, Buenos Aires, 29 de noviembre al
2 de diciembre
[XI] Esta idea es
ampliamente desarrollada por Preciado al referirse al régimen posmoneyista: “El género es ante todo protésico, es decir, no se da sino en la materialidad de los
cuerpos” (2017:21)
[XII]
Para profundizar en el análisis de Butler acerca de la obra de Merleau-Ponty
ver: Butler, Judith (1988). Performative Acts and Gender Constitution: An Essay in Phenomenology
and Feminist Theory, Theatre Journal 40:
519-531. y Butler, Judith (2013). Ideología sexual y descripción
fenomenológica. Una crítica feminista a la Fenomenología de la percepción de
Merleau-Ponty, (Traducción de Sergio Iturbe), Caja Muda revista, N°5: 293-316.
[XIII]
En 1997, se autoriza por primera vez el cambio registral de nombre y sexo en el
DNI a una persona trans operada en Chile. En 2001, se produjo el primer fallo
favorable para realizar una intervención quirúrgica de “reasignación de sexo” a
una persona trans en nuestro país. En 2008, se autorizó por primera vez el
cambio de identidad legal a una persona trans no operada, a la que tampoco se
le exigió ese requisito. En 2010, se dio un fallo sin precedentes, luego
conocido como la doctrina “Florencia Trinidad” en el que se autorizaba el
cambio registral y se otorgaba un nuevo DNI a una persona que no se
identificaba como transexual, sino como travesti, sin exigirle un diagnóstico o
intervenciones corporales de ningún tipo. Para ampliar ver: Dellacasa,
M.A. (2022). Estado y procesos de vulnerabilización:
análisis de las políticas de reconocimiento de personas trans, Revista Dereito e Práxis, Vol. 13 (1): 222-250.
[XIV]
Para profundizar en esta cuestión y en el rol protagónico del activismo trans
en la conquista de derechos ver: Butierrez, Marce
(2023). Historia
del activismo travesti/trans en Argentina: itinerarios políticos en tensión.
En: Con Nombre Propio. A diez años de la
Ley de Identidad de Género, Ciudad de Buenos Aires: Ministerio Público de
la Defensa.
[XV]
La filósofa inglesa, Miranda Fricker, en su trabajo Epistemic Injustice
(2017), se refiere al poder social y la identidad, a partir de dos fenómenos
epistemológicos que identifica como: injusticias testimoniales e injusticias
hermenéuticas que se reflejan en los ejemplos discursivos que mencionamos.
[XVI]
En Desdiagnosticando el género (2006) Butler aborda el
diagnóstico de disforia de género como una “bendición ambivalente”. Tal como
muestra la autora, la paradoja de la medicalización y la despatologización
atraviesa la experiencia trans en la mayoría de los países del mundo, poniendo
en jaque el acceso gratuito a las tecnologías de intervención corporal.
[XVII]
La emergencia, hace poco más de treinta años, de los Estudios Trans como campo
disciplinar representa un compromiso crítico respecto a la investigación
biomédica y guarda estrecha relación con las teorías feministas, los estudios gaylésbicos y las teorías cuir (Radi, 2019). Los Transgender Studies (Stryker, 1994; MacKenzie, 1994;
Stone, 2017) han permitido que muchas personas trans puedan narrar con voz
propia sus experiencias y, a la vez, que esos relatos en primera persona puedan
ser analizados, habilitando una nueva comprensión tanto científica como
política del tema.
[XVIII] Es notable, por ejemplo, la legitimidad que, a
partir de la sanción de la Ley, alcanzaron tanto las terapias hormonales
“cruzadas”, en las que el Estado pasó a proveer los fármacos y a monitorear los
tratamientos en los espacios de atención; como los implantes de pecho o las
mastectomías que pasaron a realizarse gratuitamente en hospitales públicos.
Ello no implica que las modalidades de autoadministración de fármacos
desaparecieran, ni mucho menos que se hayan abandonado por completo las
intervenciones “caseras” con los riesgos que implican las inyecciones
corporales de sustancias no biocompatibles o de baja calidad.
[XIX]
En 2016 se publicó el primer protocolo oficial: “Atención de la salud integral
para personas trans. Guía para equipos de salud”. Para esta tarea se convocó a
distintas organizaciones LGBTIQ del país, además de contar con integrantes de
varios de los equipos de profesionales que brindan atención en los hospitales,
y por supuesto funcionarios del Ministerio de Salud, particularmente de la
Programa de Salud Sexual y Reproductiva. La experiencia favorece una dinámica
de participación de los actores destinatarios, además, habilita un proceso de co-producción de conocimiento entre activistas,
profesionales de la salud y funcionarios públicos. Lo que se visibiliza, por
ejemplo, en la utilización de ciertas categorías o modos de referencia, que
fueron reemplazados por otros que se venían utilizando anteriormente.